Naciones Unidas definió como tema para el Día Internacional de la Mujer: "Una promesa es una promesa: momento de pasar a la acción para acabar con la violencia contra las mujeres," y nos presentó la oportunidad de reflexionar sobre los avances y desafíos en la prevención y atención de esta dramática realidad. Tal vez, una buena forma de recordar esta nueva celebración, sea preguntarse cuál ha sido el impacto de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará, 1995) a 18 años de la entrada en vigor, y si tienen las mujeres la capacidad de ejercer su derecho a una vida libre de violencia, consagrada en la Convención.
Los puntos de la Convención de Belém do Pará son una promesa por cumplir
* La falta de estadísticas adecuadas sobre violencia contra las mujeres, su atención y sanción sigue siendo un obstáculo importante para comprender la profundidad del problema y para nuestra capacidad de abordarlo.
o Persisten brechas importantes en el marco jurídico sobre los derechos de las mujeres sobre todo en la falta de reconocimiento y protección de los derechos sexuales y reproductivos, lo cual representa una laguna profunda para la ciudadanía de las mujeres.
o Las legislaciones existentes sobre diversas formas de violencia -femicidio, acoso sexual, violación dentro y fuera del matrimonio, violencia contra personas trans no son efectivas para garantizar los derechos de las víctimas y reparar los daños.
En este marco, preocupa y avergüenza que el presupuesto que América Latina y el Caribe dedica a prevenir o combatir la violencia hacia las mujeres siga manteniéndose en rangos bajísimos -del .01% al 0.1% de presupuesto público- mientras otros superan ampliamente esos dígitos.
Los datos son fríos, y sólo nos indican que, por más fuerte que sea el marco jurídico vigente internacional o nacional, si no se aplica, no tiene relevancia para las mujeres, ni apoya el pleno ejercicio de sus derechos.
Sin embargo, hay que reconocer que gracias a la Convención de Belém do Pará los Estados han incorporado la violencia física, psicológica, sexual y económica a su normativa.
La Convención ha dado las pautas para la adopción de leyes, de políticas públicas y de planes nacionales, la organización de campañas, la implementación de protocolos y de servicios
de atención, la emisión de sentencias en casos de violencia doméstica, violación, acoso y otros crímenes, y otras numerosas iniciativas y actividades.
Por todo lo anterior, en este Día Internacional de la Mujer hago un nuevo llamado a intensificar los esfuerzos por avanzar en las metas fijadas y a consolidar lo ya logrado, a identificar y replicar buenas prácticas, a fortalecer la coordinación entre instancias gubernamentales y la sociedad civil, a dar seguimiento y evaluar la efectividad de las leyes y los planes nacionales, a desarrollar capacidades en la operación de la justicia, asegurar el compromiso de los medios de comunicación y asignar los recursos necesarios para convertir en realidad nuestro compromiso con los derechos de las mujeres y cumplir la promesa de erradicar la violencia.
Los puntos de la Convención de Belém do Pará son una promesa por cumplir
* La falta de estadísticas adecuadas sobre violencia contra las mujeres, su atención y sanción sigue siendo un obstáculo importante para comprender la profundidad del problema y para nuestra capacidad de abordarlo.
o Persisten brechas importantes en el marco jurídico sobre los derechos de las mujeres sobre todo en la falta de reconocimiento y protección de los derechos sexuales y reproductivos, lo cual representa una laguna profunda para la ciudadanía de las mujeres.
o Las legislaciones existentes sobre diversas formas de violencia -femicidio, acoso sexual, violación dentro y fuera del matrimonio, violencia contra personas trans no son efectivas para garantizar los derechos de las víctimas y reparar los daños.
En este marco, preocupa y avergüenza que el presupuesto que América Latina y el Caribe dedica a prevenir o combatir la violencia hacia las mujeres siga manteniéndose en rangos bajísimos -del .01% al 0.1% de presupuesto público- mientras otros superan ampliamente esos dígitos.
Los datos son fríos, y sólo nos indican que, por más fuerte que sea el marco jurídico vigente internacional o nacional, si no se aplica, no tiene relevancia para las mujeres, ni apoya el pleno ejercicio de sus derechos.
Sin embargo, hay que reconocer que gracias a la Convención de Belém do Pará los Estados han incorporado la violencia física, psicológica, sexual y económica a su normativa.
La Convención ha dado las pautas para la adopción de leyes, de políticas públicas y de planes nacionales, la organización de campañas, la implementación de protocolos y de servicios
de atención, la emisión de sentencias en casos de violencia doméstica, violación, acoso y otros crímenes, y otras numerosas iniciativas y actividades.
Por todo lo anterior, en este Día Internacional de la Mujer hago un nuevo llamado a intensificar los esfuerzos por avanzar en las metas fijadas y a consolidar lo ya logrado, a identificar y replicar buenas prácticas, a fortalecer la coordinación entre instancias gubernamentales y la sociedad civil, a dar seguimiento y evaluar la efectividad de las leyes y los planes nacionales, a desarrollar capacidades en la operación de la justicia, asegurar el compromiso de los medios de comunicación y asignar los recursos necesarios para convertir en realidad nuestro compromiso con los derechos de las mujeres y cumplir la promesa de erradicar la violencia.
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